21 may 2014

DA LA PROFECO RECOMENDACIONES A LOS CONSUMIDORES PARA EVITAR ABUSOS


·    Acapulco, Gro; 21 de Mayo del 2014
     NO QUE NO NOTICIAS   

Ante constantes requerimientos de asesorías, denuncias y quejas  recibidas en los últimos meses en la Profeco y en Condusef sobre oficinas, agencias o entidades que se erigen como intermediarias financieras y comerciales, gestoras de créditos y préstamos y que resultan ser fraudulentas con acciones y prácticas abusivas e ilegales en perjuicio de Consumidores, principalmente amas de casa de menores ingresos;  el Delegado de la Profeco en Guerrero Fermín Alvarado Arroyo, emitió una alerta preventiva para evitar ser víctimas de estas empresas.


El funcionario federal destaco en su alerta preventiva a los Consumidores,, la existencia de abusos que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) ha detectado al revisar los contratos de adhesión que utilizan estos proveedores y que la Profeco difunde en aras de prevenir y fomentar hábitos y patrones de consumo favorables para su economía.
Alvarado Arroyo, invitó a los Consumidores a que antes de asumir compromisos de pago para la obtención de créditos y préstamos, acudan a Profeco a recibir asesoría y orientación, comprueben si esas agencias oficiales o intermediarias financieras gestoras de crédito y préstamos  tienen registrado su contrato de adhesión con Profeco  y ante cualquier anomalía o irregularidad reportar a Profeco y Condusef para su intervención.

En coadyuvancia con la CONDUSEF, la PROFECO hace las siguientes recomendaciones:

1.- Para contratación de créditos, el consumidor deberá realizarlo preferentemente de manera directa con las Entidades Financieras o Comerciales y abstenerse de efectuar cualquier operación a través de intermediarios o de aquellos que se promueven como tales, con el fin de evitar posibles fraudes.

2.- Las Entidades Financieras y Comerciales deberán tener a disposición de los consumidores datos suficientes que permitan su identificación y ubicación.
3.- Los contratos de adhesión que empleen las Entidades Comerciales para el otorgamiento de créditos, deberán cumplir con los requisitos que establezca la Procuraduría Federal del Consumidor.
4.- Tratándose de bienes o servicios, en toda operación a crédito al consumidor, se deberá informar previamente sobre el precio de contado, el monto y detalle de cualquier cargo si lo hubiera, el número de pagos a realizar, su periodicidad, el derecho que tienen a liquidar anticipadamente el crédito con la consiguiente reducción de intereses, así como el monto total a pagar.
5.- En los casos  del otorgamiento de créditos al consumo por parte de las entidades comerciales, el pago de los intereses no podrá ser exigido por adelantado, de manera que al contratar el servicio, no podrán requerir ningún pago previo al consumidor para tales efectos.

6.- Las entidades comerciales deberán enviar al domicilio que señalen los Clientes, el estado de cuenta correspondiente a las operaciones y servicios con ellas contratadas, que permita conocer la situación que guardan las transacciones efectuadas por el Cliente.
7.- Cuando se pretenda la contratación de un crédito, el consumidor preferentemente deberá cerciorarse de realizar la operación con una entidad comercial cuyo comportamiento haya sido consultado previa  solicitud ante la Procuraduría Federal del Consumidor.
8.- La información relacionada a la contratación del crédito, deberá ser clara y con la mayor simplicidad posible, que contemple el cobro de comisiones por diversos conceptos, cobro de intereses, saldos, límites de crédito, Costo Anual Total, así como otras características del servicio.

9.- Cualquier anomalía o irregularidad en la contratación de créditos con Entidades Comerciales, deberá ser hecha del conocimiento a esta Procuraduría Federal del Consumidor mediante queja o denuncia que se presente en la delegación o subdelegación, en las modalidades previstas en la Ley.
10.- Previo a la Contratación de Créditos con Entidades Comerciales podrá solicitar asesoría a esta Procuraduría Federal del Consumidor, a través del teléfono del consumidor, vía internet o de manera personalizada en la delegación o subdelegación.

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